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¡QUÉ!, la comida rápida en las tiendas tendrá IVA del 16%


Así es, si eres de esas personas a las que les gusta pasar a su tiendita de la esquina por un hot dog o cualquier otro producto de comida rápida te informamos que a partir de julio tendrás que pagar 16% de IVA.


Lo anterior se dio a conocer a través de algo llamado la "Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelanea Fiscal para 2015 y sus Anexos 1-A,3,7,15,23,26", publicada en el portal de internet del SAT.


Entre los alimentos que vienen en la lista son sándwiches, tortas, chapatas, pepitos, baguettes, paninis, gorditas, quesadillas, tacos, gringas, burritos, hamburguesas. Mejor no le seguimos porque sino seguiremos llorando.

“Lo dispuesto en la presenta regla resulta aplicable a la enajenación de los productos antes mencionados, en las tiendas denominados ‘de conveniencia’ o de ‘cercanía’, ‘mini supers’, tiendas de autoservicio y en general cualquier establecimiento en los que se enajenen al público en general dichos productos que se encuentren en los refrigeradores o en el área de comida rápida o ‘fast food’, según se trate” dice el documento.

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